NUEVA SENTENCIA GANADA POR NUESTRO DESPACHO. Esta semana se nos notificó la sentencia dictada el día 8 de noviembre por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Mollet del Vallès. Una de las tantas familias que han confiado en nosotros, nos encargó interponer la demanda contra la entidad bancaria MARE NOSTRUM. Su hipoteca, a partir del segundo año, tenía un interés variable, siendo el índice de referencia fijado por el Banco el IRPH. Y como índice sustitutivo se establecía el CECA.
El Juez ha ESTIMADO ÍNTEGRAMENTE nuestra demanda y deja sin efecto -RETROACTIVAMENTE- las cláusulas del IRPH y del CECA por falta de transparencia e información en el momento de la constitución de la hipoteca. Como consecuencia de ello, la familia recuperará una elevadísima cantidad de dinero que equivaldrá a TODOS LOS IMPORTES QUE DESDE EL MES DE JULIO DE 2.007 HAN PAGADO EN CONCEPTO DE INTERESES.
Y además, el banco deberá pagar esta cantidad incrementada con los intereses que dichos importes han generado (puesto que los clientes no han tenido este dinero en su poder y sí lo ha tenido el Banco). Y como la sentencia no sólo las deja sin efecto sino que establece que el banco debe “dejar de aplicar en el futuro dichas cláusulas”, los clientes, a partir de ahora y hasta la cancelación de la hipoteca sólo pagarán en el recibo de cada mes la cantidad correspondiente a capital. Es decir: la hipoteca queda, con efectos retroactivos, SIN INTERESES.