Bufete de abogados especializados en alcoholemias
En BUFET TATCHÉ ADVOCATS contamos con más de 30 años de experiencia defendiendo casos de clientes que se ven acusados de conducir bajo los efectos del alcohol o de haber injerido otras sustancias (drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas).
¿Buscas asesoramiento sobre alcoholemias?
Desde nuestra experiencia podemos garantizar la mejor de las defensas posibles, bien sea con la obtención de una sentencia absolutoria (siempre que resulte posible en función de las circunstancias del caso), bien con un acuerdo con el Ministerio Fiscal para la reducción de la pena o, si ello no resulta posible en función de las circunstancias concurrentes, con la celebración del correspondiente juicio. En definitiva: Somos expertos en luchar por la reducción de las condenas, en otros casos, obtener sentencias absolutorias y evitar la entrada en prisión

Experiencia en alcoholemias
Debemos tener en cuenta que en la actualidad el delito contra la Seguridad Vial de conducir bajo los efectos del alcohol se comete por una simple causa objetiva, con independencia de la afectación que tenga el conductor:
- Conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litros.
- Conducir con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Es distinto en el caso de la posible ingesta de otras sustancias, pues se exige penalmente y de forma expresa la INFLUENCIA de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En este sentido será muy importante lo que refleje el atestado de los agentes de la autoridad que hayan intervenido.
Penas en las alcoholemias
Es importante conocer las penas que se regulan en el código penal para este tipo de delitos: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días; y EN CUALQUIER CASO, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1y hasta 4 años.
Es fundamental que el cliente contacte con nosotros con la mayor rapidez, pues estas materias suelen celebrarse como juicios rápidos, siendo los mismos agentes policiales que intervienen los que citen al usuario para que acudan al Juzgado de Guardia un día y hora en concreto.
Por dicha razón pueden utilizar el formulario de contacto adjunto o bien llamar a nuestro despacho.

Nuestras abogadas expertas en casos de alcoholemia:

Elisabet Tres Arribas

Sandra Tatché Gurrera
Preguntas frecuentes sobre alcoholemias
Los honorarios que ofrecemos en el despacho para asistir al cliente a un juicio rápido por alcoholemia dependen de varios factores. En primer lugar, se ha de tener en cuenta que cuando entregan al cliente la citación para acudir a un juicio rápido, el mismo se suele celebrar en pocos días, ante el Juzgado de Guardia.
Así las cosas, nuestros honorarios dependerán de si debemos acudir únicamente ese día a asistir al cliente para poder negociar con el fiscal una posible conformidad (reconocimiento de los hechos con la rebaja de la pena), y finalizar en esa instancia el procedimiento; o bien si el cliente decide, o nosotros recomendamos, en función de las pruebas existentes, no aceptar una conformidad e ir realmente a juicio, el cual se señalará para otro día.
Asimismo, el segundo factor es el lugar de celebración del juicio.
De todos modos, previamente a realizar la asistencia, por parte de los profesionales del despacho, siempre se entrega un presupuesto de las actuaciones a realizar, con el fin de que el cliente sepa en todo momento los honorarios del procedimiento.
En primer lugar, se ha de tener en cuenta que cuando entregan al cliente la citación para acudir a un juicio rápido, el mismo se suele celebrar en pocos días, ante el Juzgado de Guardia. Y ese día realmente no se celebra ningún juicio, sino que por parte del Ministerio Fiscal se presenta el escrito de acusación, donde se señala la pena a imponer, y el cliente puede decidir si aceptar y reconocer los hechos y finalizar en ese momento el procedimiento, o bien puede negarse a hacerlo y decidir ir a juicio.
En el primer escenario estaríamos hablando de una conformidad, lo que implicaría el reconocimiento de los hechos para beneficiarse de una rebaja de la pena (2/3), y finalizar en esa instancia el procedimiento.
Contrariamente, si el cliente decide, o nosotros recomendamos, en función de las pruebas existentes, no aceptar una conformidad e ir realmente a juicio, se señalará en ese acto un día para la celebración de la vista.
Así las cosas, el procedimiento del juicio rápido por alcoholemia puede ser muy rápido, como indica el nombre, o bien demorarse varios meses, si se decide acudir realmente a juicio, no aceptando los hechos el día de la citación al Juzgado de Guardia.
Si das una tasa de alcohol superior a 0,60 miligramos estaríamos hablando de que has cometido una infracción penal, dado que el delito de conducción bajo los efectos del alcohol castiga aquellos conductores que den una tasa de alcohol superior a 0,60 miligramos por litro en aire espirado, o bien con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Si por el contrario, la tasa de alcohol es igual o inferior a 0,60 miligramos por litro en aire espirado, solamente habrías cometido una infracción administrativa.
Ante la comisión de dicho delito, las penas que pueden imponerse serán la de prisión, trabajos en beneficio de la comunidad o multa, aparejando siempre la retirada del carnet de conducir.
Se ha de tener en cuenta que también puede ser sancionado con las mismas penas aquellos conductores que aun y no superando la tasa mencionada, de 0,60 miligramos por litro por aire aspirado, presenten síntomas de estar conduciendo bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.
Los antecedentes penales por alcoholemia se eliminan una vez transcurrido un determinado período sin que la persona haya vuelto a delinquir.
En general, cuando hablamos de penas por delitos de alcoholemia el plazo para eliminar los antecedentes penales sería de 2 o 3 años, en función de si la pena impuesta es menor de 12 meses, o bien superior para delitos menos graves, que son aquellos cuya pena impuesta es menor de 3 años.
Servicios relacionados:
Solicita información sin compromiso
Si necesitas asesoramiento, desde Tatché Advocats os ayudaremos en todo lo que esté en nuestras manos:
