Bufete de abogados especializados en Derecho de sucesiones, herencias y testamentos
En Tatché Advocats tenemos más de 30 años de experiencia en Derecho de sucesiones.
A pesar de que todavía hay personas que no han otorgado nunca un TESTAMENTO, nada mejor que hacerlo para regular lo que uno quiere que ocurra con su patrimonio y sus bienes a su fallecimiento. Sabido es que el testamento se firma ante un Notario, pero nosotros nos encargamos de reunirnos con el cliente y brindarle todo nuestro conocimiento para conseguir el mejor testamento posible para él. Después nos ocupamos de gestionar el día y la hora de firma con el Notario, asistiendo a la firma y asegurándonos de que el testamento que firma será el que hemos preparado nosotros y que el cliente ha podido previamente estudiar y aprobar. Por lo tanto, el acto de la firma del testamento se convierte en una simple formalidad, necesaria e imprescindible, pero lo fundamental ha sido el estudio previo, la preparación y la redacción que hemos realizado.
¿Buscas asesoramiento sobre herencias y testamentos?
Son muchas las posibilidades que nos ofrece un testamento. Al margen de nombrar heredero o herederos (que no tienen por qué serlo en las mismas proporciones), podemos hacer legados a algunas personas, constituir usufructos, establecer sustituciones fideicomisarias, poner condiciones… Muchas personas jóvenes con hijos consideran que por los pocos bienes que tienen no es necesario hacer un testamento. Pero no tienen en cuenta que a través del testamento pueden también nombrar tutores para sus hijos menores de edad, o nombrar albaceas para el caso de que los dos progenitores fallezcan. Son muchas también las dudas que nos plantean los clientes sobre la legítima y el desheredamiento. Y nosotros les asesoramos debidamente.
Servicios de asesoramiento especializados:
- Divorcios de mutuo acuerdo (Divorcio Exprés)
- Divorcios contenciosos
- Redacciones de Convenios Reguladores de Divorcio con Planes de Parentalidad
- Guardas y Custodias, individuales o compartidas
- Régimen de visitas
- Redacción de Documentos de Constitución de Parejas de Hecho
- Redacción de Documentos de Extinción o Disolución de Parejas de Hecho
- Disolución de condominio de la vivienda familiar y adjudicaciones
Nuestro experto en testamentos y herencias:
Xavier Tatché Torres
Preguntas frecuentes sobre Impuestos de Sucesiones y herencia
En cuanto a la Aceptación de Herencia, en nuestro despacho nos ocupamos de absolutamente todos los trámites: obtenemos el certificado de defunción, las últimas voluntades, la copia auténtica del testamento, ayudamos al cliente a obtener certificados bancarios, de seguros, etc. Cuando ya sabemos todos los bienes que integran el caudal relicto hacemos distintas simulaciones previas para ver cuál resulta más favorable para el cliente. Un error demasiado común de los tramitadores estriba en centrarse exclusivamente en el Impuesto de Sucesiones. Resulta fundamental la valoración de los bienes inmuebles. Es demasiado usual ver como éstos se valoran siempre desde el punto de vista fiscal (actualmente a través del Valor de Referencia y cuando este no existe a través de unos coeficientes), sin tener en cuenta que éste es un valor mínimo pero que la normativa reguladora del impuesto permite que el heredero dé una valoración mayor. Siempre debe tenerse en cuenta cómo afectará a los herederos esta valoración si después venden estos activos, puesto que, de hacerlo por un precio superior al fijado en la escritura de aceptación de herencia, supondrá un incremento patrimonial que tendrán que tributar en su declaración de la renda (IRPF). Nuestras simulaciones y asesoramiento ayudan a tomar al cliente la decisión correcta y más favorable para su economía.
También es demasiado usual ver como se tramitan muchas herencias aplicando sin analizar el caso concreto las bonificaciones de la vivienda habitual que nos brinda la Ley reguladora del Impuesto de Sucesiones. En ocasiones el tramitador ni siquiera informa de ello al heredero. La sorpresa le llegará cuando venda la finca antes de que hayan transcurrido cinco años, porque nadie le advirtió de ello. Hacienda le girará una complementaria con el recargo correspondiente. Es por lo tanto fundamental explicar al cliente las bonificaciones que puede tener, pero también que pueden limitarle y estudiar el caso concreto para saber si deben o no aplicarse. Insistimos que lo fundamental es que el cliente-heredero, llegue a soportar el mínimo coste fiscal posible, pero no centrándolo exclusivamente en el Impuesto de Sucesiones sino en todos los impuestos que puedan afectarle.
Una vez efectuados todos los cálculos con el pleno conocimiento y consentimiento del cliente, redactamos toda la escritura de aceptación de herencia, de forma que, pese a que se firmará ante Notario, éste se limitará a trasladar a la escritura nuestro texto íntegro. Gestionamos el día y hora de la firma y asistimos en el acto de esta al cliente, el cual ha tenido con anterioridad tiempo suficiente para examinar lo que firmará.
Somos también nosotros los que nos ocupamos de todos los trámites posteriores: autoliquidación del Impuesto de Sucesiones, autoliquidación del Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) e inscripciones en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles, así como que el heredero o herederos puedan pasar a ser los titulares de los fondos de las cuentas corrientes, libretas de ahorro, fondos de inversión y cualquier otro producto que pudiera tener el difunto. En definitiva: llevamos a cabo todos los trámites en interés del cliente.
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